Juliá Marta Susana. La gestión ambiental en la cuidad de Córdoba (1983-1993). En revista: Anuario: Nro 3. CIJS, Centro de Investigaciones Juridicas y Sociales, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, Universidad Nacional de Cordoba, Cordoba, Argentina. 200?. 

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LA GESTIÓN AMBIENTAL EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA (1983-1993)

 

Marta Susana Juliá*

 


 

 

SUMARIO:  El presente artículo hace referencia a la incorporación de la problemática ambiental en el Municipio de la Ciudad de Córdoba, en el período 1983-1993. Se destaca el desarrollo logrado por el gobierno municipal, en las distintas áreas, los instrumentos legales, institucionales y administrativos que ha utilizado, y las principales características de la gestión ambiental municipal.

Este artículo se basa en una investigación desarrollada durante 1992/1994, avalado por CONICET.


 

 

INTRODUCCIÓN 

Ante la necesidad de hacer frente a los problemas ambientales y en la búsqueda de estrategias adecuadas para su detección y control, se observa que gran parte de los problemas están vinculados a órganos de gestión.

El municipio, órgano político de gobierno de la ciudad, aparece como el principal actor en la detección y resolución de los problemas ambientales.

El análisis de los organismos de gestión es de gran importancia en las ciudades, donde la dimensión de los problemas se incrementa y su visión es más compleja. Son numerosos los problemas, las necesidades, los servicios, la infraestructura y en general la calidad de vida de los vecinos, que deben tenerse en cuenta para preservar el ambiente urbano.

Dado que la acción no se desarrolla igual en todas las ciudades, resulta imprescindible observar cómo se incorpora la dimensión ambiental en los gobiernos municipales y de allí conocer la gestión ambiental que desarrollan.

Todo ello permite la búsqueda de lineamientos y estrategias adecuadas de gestión ambiental en los centros urbanos ubicando los problemas prioritarios a enfrentar, que impactan fuertemente sobre la ciudad.


 

 

ALGUNAS CONSIDERACIONES PREVIAS

 

Como objetivo general de trabajo se describe y evalúa la inclusión de la dimensión ambiental en la gestión del municipio de la ciudad de Córdoba, a efectos de recomendar lineamientos en la formulación de políticas y estrategias para la gestión ambiental.

La incorporación de la problemática ambiental puede describirse y evaluarse a través de los instrumentos legales, institucionales y políticos que utiliza el municipio en su gestión. Esto requirió el desarrollo de un proceso de análisis que abarcó aspectos diversos.

Nos interesa comentar, en el presente artículo, la perspectiva más dinámica del trabajo, en la que se pretende describir y caracterizar, la incorporación de la dimensión ambiental en el periodo considerado (1983-1993).

A tal fin se abordará: 

a) la organización institucional de los distintos sectores del gobierno municipal y su evolución en la década;

b) principales aspectos de las herramientas legales que se han generado;

c) el desarrollo de la administración ambiental;

En cuanto al período considerado, tiene ciertas características que resultan de interés: el año 1983 marca el reinicio de la democracia, entre dicho año y 1993 se suceden tres períodos de gobierno municipal de un mismo partido político y dos de dichos períodos son protagonizados por un mismo equipo político.

Es importante tener en cuenta que, en una década, se puede observar el desarrollo normativo, los nuevos espacios que se asignan a la temática y algunos elementos políticos que se van explicitando en distintas acciones de gobierno.


 

 

EL MARCO DE LA GESTION AMBIENTAL

 

Las formas de asentamiento humano que han adquirido mayor importancia son las ciudades. Su estudio se hace imprescindible para hacer frente a los peligros y problemas ambientales.

El desarrollo de las ciudades y su problemática se viene observando con preocupación en los últimos años, ya que las proyecciones de la población que vivirá en ciudades indica un incremento alarmante en América Latina (Gallopín, 1991).

Es en particular en los centros urbanos donde se destaca la necesidad de incorporar la problemática ambiental y donde se puede gestar una mejor aproximación y solución de los problemas.

Entre las vías que se visualizan, por parte de distintos autores, para incorporar la dimensión ambiental y lo que efectivamente se incorpora institucionalmente, está determinando la necesidad de un profundo análisis en las sociedades locales. Ya que la proximidad de las sociedades con los problemas puede ampliar la percepción de los mismos y condicionar a los decisores políticos para gestionar la incorporación.

La dimensión ambiental no se incorpora con la sola voluntad, supone la existencia de algunos elementos previos, de ciertas condiciones necesarias. La incorporación de la dimensión ambiental necesita una organización apropiada del estado y de los mecanismos de actuación política y administrativa en que se va a desarrollar (Koolen, 1986).

En este sentido, la gestión ambiental es la materialización de como se incorpora la dimensión ambiental en la planificación del estado. En general se tiende a que el estado entre sus funciones públicas incorpore la gestión ambiental.

Se entiende por gestión ambiental “al conjunto de actividades encaminadas a procurar una ordenación del medio ambiente y contribuir al establecimiento de un modelo de desarrollo sustentable” (Brañes, 1991).

Para este autor la gestión cuenta con tres componentes que son la política, el derecho y la administración ambiental.

Por política entiende “el conjunto de las acciones que se diseñan para alcanzar la ordenación del medio ambiente”.

Al derecho lo considera en tanto “técnica social que procura inducir a los individuos a que observen determinada conducta. Esto le confiere atributos que lo hacen especialmente válido para la definición de la política ambiental y para el establecimiento de los mecanismos para su aplicación”.

De acuerdo a la definición de gestión, ésta comenzó a visualizarse como un objetivo social y por ende como una función estatal lo que dio origen al establecimiento de sistemas administrativos a través de los cuales se habría de ejercer dicha función (cfr. Brañes, 1991).

Cuando se incorpora la gestión ambiental en las funciones del estado se observa que depende del marco político administrativo en el que se inserta.

Al respecto “el diseño, la formalización y puesta en práctica de un modelo de desarrollo es una responsabilidad de la sociedad en su conjunto, significa repensar un proyecto de país, los procedimientos para alcanzar objetivos y metas, la normatividad jurídica que lo regule y el rol, estructura y grado de intervención y estilo de gestión que le corresponde al estado” (Koolen, 1992).

En América Latina se han seguido distintos modelos para llevar a cabo la gestión ambiental en la estructura político administrativa, como distintas formas de insertar la dimensión ambiental en lo institucional (Juliá, 1993).

Nos interesa el Municipio, entre las estructuras político administrativa existentes, porque se destaca como autoridad local, y porque la cercanía con los problemas de los vecinos le permite conocerlos y resolverlos.


 

 

NUESTRO OBJETO DE ANÁLISIS: EL MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE CORDOBA.

 

El estudio del municipio de la ciudad de Córdoba, como caso, presenta características peculiares:

La ciudad de Córdoba es la capital de la provincia, con una superficie de 571 kms. cuadrados. Tiene una población aproximada de 4.200.000 habitantes, con una densidad de 2098 habitantes por kilómetro cuadrado, con una marcada variación que combina sectores de alta concentración urbana con sectores semirurales.

Ha sido caracterizada como “ciudad intermedia”, con una composición compleja tanto en términos físicos como socio-económicos (La Serna, 1992).

Se prevé un proceso de urbanización importante, tendencia que potenciará los déficit en los servicios indispensables. (La voz del interior, 1992)

La estructura del gobierno municipal es compleja, con un organigrama amplio, con múltiples sectores que enfrentan el ritmo de desarrollo que impone la ciudad.


 

 

LA SITUACIÓN INSTITUCIONAL AL INICIO DEL PERIODO

 

Para describir la estructura del gobierno municipal de la ciudad de Córdoba, nos interesa destacar en la organización institucional: el Departamento Ejecutivo, el Concejo Deliberante y el Tribunal Administrativo de Faltas.

Es necesario conocer, en primer término, el estado de la organización al origen del período (1983), acordado por la ley orgánica del municipio (Ord. 7926).

La distribución de facultades es la siguiente:

Para el ejercicio de las competencias que le acuerda la constitución provincial y la ley orgánica municipal y normas que en su consecuencia se dicten, se conforma el Departamento Ejecutivo. Está a cargo del intendente, quien cuenta con la colaboración directa de funcionarios, que con la denominación de secretarios, serán titulares y tendrán a su cargo las siguientes secretarías: Gobierno, Economía y Finanzas, Desarrollo Urbano, Servicios Públicos, Salud Pública, General, Participación vecinal y Desarrollo Humano.

En la determinación de competencias de las secretarías, se efectúa una mención expresa a los temas ambientales en las funciones de: Gobierno (inc. f), Desarrollo Urbano (inc. b), Servicios Públicos (inc. d) y Salud Pública (inc. d).

En la estructura del departamento ejecutivo las secretarías están compuestas por subsecretarías. De las Subsecretarias dependen Direcciones y de éstas las demás dependencias que establezca el poder ejecutivo.

Es un organigrama amplio en el que se pueden observar direcciones que se vinculan al control en materia ambiental en distintas secretarías.

Otro sector lo conforma el Concejo Deliberante: su reglamento interno determina todas las funciones del mismo, su organización, personal y empleados.

Además del presidente y vicepresidente, cuenta con dos secretarios y empleados. Los concejales trabajan en comisiones. Se establece que habrá ocho comisiones permanentes de hasta nueve miembros, los que son denominados al inicio de cada período (art. 68 y 69).

Entre las comisiones existentes cuenta con la comisión de Saneamiento y Ecología, a la que le corresponde: la preservación de los recursos naturales, contaminación ambiental, preservación de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, creación y preservación de espacios verdes y en general sobre todo asunto relativo al saneamiento ambiental (art. 75).

Un tercer sector del gobierno municipal lo constituyen los Tribunales Administrativos de Faltas: son regulados por las ord. 7934 modificada por 8172 y 8468. La competencia que tiene es el juzgamiento de las contravenciones a las disposiciones nacionales, provinciales y municipales cuya aplicación corresponda a la municipalidad de Córdoba (art. 4).

Los Tribunales están integrados por un Administrador General y por Jueces Administrativos. Los Juzgados actúan con Secretarios. El número de juzgados como la creación de los mismos, especializados por la materia, es fijado por decreto del Poder Ejecutivo. Uno de los juzgados entiende en las faltas que tienen que ver con la temática ambiental.


 

 

EL DESARROLLO INSTITUCIONAL

 

Si bien, la situación institucional, conforma uno de los ejes de la gestión ambiental y no se lo puede considerar de manera aislada de las herramientas legales y la administración ambiental, ya que es un sistema dinámico, la describimos en primer término, sólo a los fines de su presentación ordenada.

En cada aspecto, hemos dividido el periodo en tres etapas, de acuerdo a los gobiernos municipales (1983-87) (1987-91) y (1991-93) para resaltar las particularidades o rasgos que aparezcan.

La incorporación de la problemática ambiental en la estructura institucional del municipio de la ciudad de Córdoba se ha desarrollado como un proceso que registra una tendencia de tipo incremental, que encuentra su mayor dinamismo en la última etapa.

En cuanto al organigrama municipal, se introducen modificaciones destinadas a incorporar esta temática y es en la última etapa donde se formaliza y estructura institucionalmente, como subsecretaria del ambiente.

Conjuntamente con esta situación se multiplica la creación de organismos y espacios de participación que tienen relación directa con la problemática.

Se observa un fuerte impulso institucional en la tercera etapa, lo que nos indica una voluntad gubernamental destinada a la incorporación de la dimensión ambiental , formalmente en lo institucional.


 

 

PRINCIPALES ASPECTOS DE LOS INSTRUMENTOS LEGALES GENERADOS

 

El segundo eje del desarrollo de la gestión ambiental lo constituyen el conjunto de instrumentos legales dictados para llevar a cabo dicha gestión.

Entendemos por “instrumentos legales” al conjunto de Ordenanzas y decretos reglamentarios que regulan la problemática ambiental en el ámbito del municipio de la ciudad de Córdoba.

Estos instrumentos son analizados en el contexto político institucional en el que se insertaron y de acuerdo a los objetivos para los que fueron dictados.

El relevamiento de esta normativa corresponde al período considerado, vigentes en la ciudad, siguiendo para su identificación temática el nomenclador ambiental E.L.I.S (Environment law information system) comparable al utilizado por Zeballos de Sisto (1994), con adaptaciones propias a la temática ambiental en lo urbano.

El uso del nomenclador obedece a dos motivos: uno que permite contar con una numerosa normativa, considerando la problemática ambiental de manera amplia y compleja, que demanda instrumentación diversa. Otro, es que no existe acuerdo entre los distintos autores, especialistas en materia ambiental, donde empieza y termina esta problemática, qué es lo ambiental y qué no, y por tanto son difusos sus límites.

A los fines de mantener una estructura que permita describir y analizar de manera homogénea nuestro problema consideramos la producción normativa (1983-1993) y seguimos igual división teniendo en cuenta las tres etapas de los distintos gobiernos municipales.

En cada etapa se han dictado ordenanzas y decretos reglamentarios con una producción constante en materia ambiental, con un marcado incremento cuantitativo en la última etapa.

Si bien podemos observar su desarrollo, no puede compararse su efectivo funcionamiento, ya que esta etapa aún no ha concluido. Este desarrollo nos permite, no obstante ubicarnos en el estado de situación y detectar ciertas tendencias y visualizar algunos problemas.

Un aspecto de relevancia en tal sentido, es la reglamentación de ordenanzas, puede entenderse como una manifestación concreta destinada a operativizar la aplicación.

Pero es notable, paralelamente, la carencia de límites, de normas de calidad y de normas técnicas, como rasgo general de todo el periodo. El tipo de regulación que prevalece es más bien de carácter general.

En esta dirección se observan como problemas principales: 

1- La multiplicidad de indicadores que se utilizan para conformar las infracciones, lo que torna difuso los objetivos de la regulación de los hechos, actividades o acciones a las que se dirigen.

Los problemas ambientales son complejos y en numerosos casos se requiere precisión en la regulación de hechos generadores de problemas, actividades vinculadas y acciones que se pretende controlar.

 2- Tanto la falta de medidas de control adecuadas a los hechos o actividades a controlar, como la multiplicidad y superposición de controles relativos a actos administrativos, son aspectos a destacar como problemas.

 3- Las sanciones aplicables generalmente se traducen en multas, las que se agotan por el pago. Esto impide el seguimiento de la actividad o hecho generador del problema, desconectando la necesaria interrelación de los diversos ámbitos del sistema (Dpto. Ejecutivo, Tribunal de Faltas, Concejo Deliberante).

Estos tres aspectos que destacamos hacen a una técnica de regulación de la temática, que puede no sólo generar contradicciones de interpretación de las normas sino además tornarlas difusas impidiendo el logro de los objetivos para los cuales fueron creadas.

El crecimiento de la ciudad y la complejidad de problemas que enfrenta en materia ambiental pareciera haber superado una instrumentación legal de tipo genérica y los objetivos que guiaron la misma.

Por ello, es dable recomendar, a la hora de legislar, considerar la totalidad de la realidad jurídica, entendida como el conjunto de instrumentos normativos con que se cuenta para llevar a cabo una gestión determinada. Lo contrario lleva a que el legislador se convierta en un hiperproductor de normas, complicando y tornando difusa la realidad del área en la que pretende actuar. De esta forma, la legislación en lugar de ser un vehículo a través del cual se actúa, puede significar un obstáculo.


 

 

DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL

 

Otro aspecto a tener en cuenta y que conforma el tercer componente de la gestión ambiental, es su administración.

Analizar la administración ambiental implica evaluar su modalidad de institucionalización, a través de organismos determinados, sistemas de planificación y presupuestación, personal asignado, recursos disponibles, etc. Datos con los que se podrá contar en la ciudad de Córdoba con el funcionamiento de la Subsecretaría del ambiente creada en diciembre de 1993 y con presupuesto propio a partir de 1995.

El periodo analizado muestra en principio la inexistencia de una política ambiental explícita. Sin embargo, se ha administrado ambientalmente, ya sea priorizando problemas, seleccionándolos y regulando hechos o actividades que hacen al mismo, instrumentando canales de participación, llevando a cabo planes y acciones sobre problemas concretos, etc. Esto no es otra cosa que la manifestación de un tipo de administración ambiental.

A los fines del trabajo consideramos “administración ambiental” como el conjunto de hechos o actividades que se definen como problemas ambientales del municipio por parte de sus autoridades y sobre el cual se desarrolla una gestión a través de los organismos que lo componen. Esta gestión implica acciones de regulación, control y fiscalización de los distintos problemas identificados, en el marco de políticas, programas y proyectos definidos claramente.

Quien tiene el compromiso de establecer la política ambiental del municipio y por tanto es responsable de su administración es el intendente municipal. Por este motivo se utilizaron como indicadores las referencias que realizaron los intendentes, todos los años, ante el Concejo Deliberante en la apertura de sesiones ordinarias, su diagnóstico de situación, las líneas de acción a seguir y en su caso las evaluaciones que realizan de su gestión.

Se puede observar en las distintas etapas algunas definiciones por parte de los intendentes de la situación en materia ambiental, el tipo de acciones que puntualizan y el incremento de las referencias a la problemática, con mayor detalle, en el final de la segunda etapa y el comienzo de la tercera.

Esto debe observarse en la dinámica de funcionamiento y desarrollo de la gestión en forma conjunta con lo institucional y lo normativo.

Siguiendo su dinámica de desarrollo a través del periodo señalado, nos permitió analizar el funcionamiento de ciertas formas de instrumentación política, de sus mecanismos administrativos, y de las normas jurídicas. Estas dimensiones expresan un conjunto de procesos institucionales generados a partir de la inserción de la problemática en el gobierno de la ciudad, que nos interesa remarcar en forma global.


 

 

CONSIDERACIONES GLOBALES QUE SURGEN DE LA INCORPORACIÓN DE LA DIMENSION AMBIENTAL EN LA GESTION MUNICIPAL:

 

Podemos acordar que, en la incorporación de la dimensión ambiental, en la gestión municipal de la ciudad de Córdoba, se trata de visualizar las acciones del estado en el contexto de la gestión ambiental. Estas, según Santiago Torres (1994) son de tres tipos: “legislativas, administrativas y políticas propiamente tales.

Los dos primeros tipos contribuyen a establecer el marco normativo e institucional donde se desarrollará la gestión política del gobierno en materias ambientales”.

Es en este sentido la línea de trabajo seguida. Teniendo en cuenta asimismo recomendaciones del mismo autor para evitar la distorsión de la percepción sobre la gestión ambiental.

En muchos casos, se tiende a confundir “las acciones facilitadoras con la gestión misma”. En este sentido no es suficiente el dictado de normas para pensar en su cumplimiento o en el logro de objetivos para los que fue dictada, como así también la sola creación de un organismo destinado a enfrentar problemas, no genera la solución de los mismos.

Obviamente que al dictado de la norma debe seguir su reglamentación, a la creación de organismos la dotación de recursos (humanos, técnicos, financieros, etc.).

Hasta allí, según Torres, tenemos un marco normativo institucional en condiciones de operar, aun cuando avancemos más allá de una expresión simbólica de política ambiental, estamos al nivel de condiciones necesarias, mas no suficientes.

Nos interesa destacar que “para llegar a una política eficaz, dado un marco normativo institucional adecuado, requerimos dotar al sistema del estado y particularmente a la administración ambiental del gobierno de los instrumentos que le permitan llevar a cabo las acciones políticas propiamente tales” (Torres, 4994).

Es en este aspecto que no hablamos de la existencia de una política ambiental y hemos centrado nuestro trabajo en describir y analizar cómo se incorpora la dimensión ambiental en la gestión.

De acuerdo a cómo se incorpora la dimensión y teniendo en cuenta los modelos descriptos por Brañes (1991), en la gestión municipal de la ciudad de Córdoba se puede observar la utilización de tres vías distintas, según dos momentos de gestión:

1- En las dos primeras etapas de gobierno (1983 hasta 1991), se utiliza la vía del refuerzo de una estructura administrativa existente, como lugar de incorporación de la problemática (Dirección de Control Alimentario y Ambiental).

2- En la tercera etapa (1991-1993) se ensayan dos caminos. Primero el establecimiento de una instancia de coordinación (Dirección de Coordinación de Políticas Ambientales) y por último la creación de un organismo ad-hoc (Subsecretaria del Ambiente).

El uso de las distintas modalidades ha ido acompañado de la instrumentación normativa de espacios institucionales, en la estructura organizativa del municipio, así como organismos de participación, como también la regulación temática ambiental, con algunas tendencias que destacamos en puntos anteriores.

Podemos decir, que la dimensión ambiental ha estado siempre presente en la Gestión Municipal y coincidimos con Gutman en que lo que varía es “la percepción que tenemos de ella” (Gutman, 1986).

En cuanto a los requisitos que debe reunir la organización institucional, sugerido por Koolen (1986), para incorporar la dimensión ambiental, se cuenta con: una base jurídico normativa suficiente, se adopta una forma administrativa que debe tratar de mantenerse flexible y se han creado algunas fórmulas de participación ciudadana, con lo que se darían los tres requisitos principales que permiten su incorporación.

En este aspecto podemos decir que tenemos las condiciones para desarrollar una gestión ambiental, que contamos con los requisitos para incorporar la dimensión ambiental en lo institucional, de hecho se ha incorporado y desarrollado en este periodo. Pero aún no estamos en condiciones de evaluar ciertos aspectos de la gestión, porque no cuentan con el tiempo de ejercicio suficiente para comparar y medir su actuación.

Podemos mencionar que una primera estimación sobre gastos realizados en materia ambiental se realizó a fines de 1993. A la actual Subsecretaría no se le asignó presupuesto hasta 1995, por tanto un aspecto tan importante como la disponibilidad de recursos (humanos, técnicos, financieros) podrá comenzar a cuantificarse a partir del funcionamiento de la Subsecretaría con presupuesto propio.

Esto no significa que no haya habido una importante inversión en materia ambiental por parte del municipio, sino que no se ha determinado qué parte del presupuesto anual municipal se asigna a la gestión ambiental, y a partir de allí cuantificar y comparar.

Con anterioridad hubiese sido compleja una estimación ya que era muy difusa la asignación en diversas áreas que actuaban en lo ambiental y los aspectos de la problemática que se percibían como problemas.

En este momento, la situación institucional prevaleciente nos permite un análisis más de tipo cualitativo que cuantitativo, considerando que es un punto de partida superador para otros análisis, si tenemos en cuenta el periodo considerado y el desarrollo que hemos registrado. En este aspecto la institucionalización de la problemática y las tendencias que presenta facilitará su evaluación a mediano plazo, cuando, con el transcurso del tiempo, los marcos legales e institucionales adquieran un funcionamiento más acabado.

La estructura general normativa no fue modificada durante este periodo, uno de los aspectos más rígidos, hasta la formalización institucional del espacio asignado a lo ambiental. Esto lo realiza cuando se crea la Subsecretaría del ambiente que implicó la modificación de la ley orgánica la definición de un espacio concreto en el organigrama y la explicitación, en cierta medida, de una voluntad política.

De manera complementaria se han creado numerosos organismos y espacios, que conforman canales de participación, tanto en el ámbito interno del municipio, para los funcionarios que enfrentan la problemática desde áreas diversas, como en lo externo convocando a diversos actores sociales.

El pleno ejercicio de la participación generará en la comuna, nuevas exigencias en cuanto a la resolución de problemas, tanto en la formulación como en la instrumentación de políticas, y producirá la necesidad creciente de un control en la gestión que se realice.

Podemos afirmar, que desde el punto de vista institucional, el Municipio reúne los requisitos necesarios para incorporar la dimensión ambiental de manera integral y planificar el desarrollo de su gestión ambiental.

Cuenta con una amplia instrumentación legal de carácter general, numerosa y diversa. Carece sin embargo de disposiciones técnicas, ya sean normas de calidad, de emisión, fijación de estándares, etc.

Resaltamos, en materia de técnica jurídica, la necesidad de una selección de indicadores adecuadas para la definición de las infracciones a las leyes, como del uso de múltiples variedades en las sanciones y en la instrumentación de controles. El derecho público cuenta con numerosas alternativas y con una rica historia en materia de regulación, que es necesario rescatar, para una regulación adecuada.

El funcionamiento de la administración ambiental ha ido ampliándose a través del tiempo, ocupando mayor espacio dentro del Municipio y muchas veces de manera informal o no estructurada, ha priorizado problemas, desarrollado planes y programas de trabajo, hasta llegar a la actualidad donde cuenta con un espacio específico donde materializarse.

Desde una perspectiva político institucional, en el momento actual, cuenta con las mejores condiciones para la formulación de una política ambiental, respaldada en un diagnóstico de situación de la ciudad, que permita definir los temas prioritarios e iniciar el proceso de formulación de los programas y proyectos que guiarán la gestión. En el desarrollo de acciones por parte del Municipio, siempre se han destacado ciertos temas ambientales que han sido eje de las distintas gestiones, entre ellos el de los residuos sólidos urbanos, contaminación del aire, ruidos, como el control de hechos o actividades que hacen a la temática ambiental. Entre los temas que hoy toman entidad aparece el agua, destacado por las autoridades como problema prioritario para gestionar

El periodo que se inicia con la creación de la Subsecretaría del ambiente en el Municipio de la ciudad de Córdoba marca, como señaláramos, una nueva modalidad de gestión: un lugar en el departamento ejecutivo, asignación de recursos humanos, técnicos, económicos y la posibilidad del diseño de planes y acciones en materia ambiental.

Surgen algunas consideraciones, en el marco de los procesos de incorporación de la dimensión ambiental, que han sufrido distintas instituciones:

- La necesidad de tener en cuenta que la dimensión ambiental corta horizontalmente todos los sectores del municipio, invade las distintas áreas de gobierno, aun cuando formalicemos un espacio en especial.

- La acción gubernamental en la materia debe superar la mera fiscalización, la frecuente situación de organismo marginal, incorporado a la planificación global.

- Debe contar con los recursos apropiados para su gestión.

Si bien el fracaso de organismos de este tipo a nivel regional, puede explicarse por el déficit de estos y otros aspectos, a nivel local es necesario tomarlos en cuenta.

Es de destacar que contamos con las condiciones necesarias, pero no se cuenta aún con instrumentos políticos propiamente dichos, como sería la evaluación de impacto ambiental municipal, auditorías ambientales, límites, medidas económicas coordinadas con el sector ambiental, entre otras.

En este aspecto se puede concluir que la tarea de formulación de políticas ambientales municipales es un camino sumamente complejo, debe pensarse a mediano y largo plazo, que para su desarrollo integral debe necesariamente ser concertado, participativo, estratégico e incorporar los instrumentos necesarios para llevar a cabo una gestión adecuada.

De esta forma es un desafío, no sólo para los funcionarios, sino para todos los vecinos de la ciudad, la participación y el control de la gestión en materia ambiental.


   

REFERENCIAS

 

* Abogada. Investigadora  del C.I. J. S. Ex becaria del CONICET.

 


 

 

BIBILIOGRAFIA

 

Brañes, R., Aspectos institucionales y jurídicos del medio ambiente, incluida la participación de organizaciones no gubernamentales en la gestión ambiental. Ed. Banco Interamericano de Desarrollo. Comité de Medio Ambiente. Washington, 1991.

Galloplin, G.C., Ambiente y desarrollo en América Latina y el Caribe: problemas, oportunidades y prioridades. Ed. Grupo de análisis de sistemas ecológicos. Río Negro, Argentina, 1991.

Gutman, P, “Ambiente y planificación del desarrollo”, en Los problemas ambientales y la perspectiva ambiental del desarrollo. Ed. Siglo XXI, México, 1986.

Juliá, M.S., “Problema de insertar la dimensión ambiental en lo institucional”, Anuario del Centro de Investigaciones jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (U.N.C.) Córdoba, 1993.

Koolen, A., “La organización institucional del estado en relación a la incorporación de la dimensión ambiental en la planificación del desarrollo”, en La dimensión ambiental en la planificación  del desarrollo. Ed. Grupo Editor Latinoamericano, 1986.

La Serna, C. et al. “Ciudad de Córdoba, Argentina. Síntesis del informe final del estudio de caso”. Documento Cepal LC/R 1171, Santiago de Chile, 1992.

Torres, S., “Instrumentos para la política ambiental nacional”, Seminario de estudios de impacto ambiental, Córdoba, 1994.

Zeballos de Sisto, Dos décadas de legislación ambiental en la Argentina, Ed. A-Z, Buenos Aires, 1994. 


Anuario III Sección I